A quiénes les corresponde
- Trabajadores en relación de dependencia
- Trabajadores autónomos
Requisitos
- En el caso de ceguera congénita, deberá acreditar 20 años de servicios con aportes o 45 años de edad. Si cumple con el requisito de edad, no debe requerirse la totalidad del otro requisito, pero para tener derecho a esta prestación deberá tener servicios con aportes.
- Para el caso de ceguera adquirida, es requisito, que la misma haya sido evidenciada o adquirida, en los últimos 5 años anteriores al cese de actividad laboral.
- En el caso de que reúna 45 años de edad o 20 años de servicios y adquiera la ceguera y la misma se prolongara por 2 años, también tendrá derecho a la prestación.
- Presentar la documentación solicitada en la Cartilla Jubilación - Trabajadores afectados de ceguera congénita
Trámite
Durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.
Paso a paso
Cómo realizar el trámite
1
Reuní la documentación
Reuní toda la documentación personal y familiar correspondiente.
2
Ingresá en Atención Virtual
Durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio este trámite se realiza mediante la presentación de documentación a través del sistema de Atención Virtual.
También podés sacar un turno en el caso que la oficina seleccionada se encuentre con atención al público de forma presencial.