General / Preguntas Frecuentes
No, en este caso, en lugar del requisito del Control Sanitario se le va a exigir la inscripción al Plan Nacer. Si en el 2010, su hijo cumple los 6 años entre marzo y junio, el requisito del Control Sanitario y el del Plan Nacer se le dará por cumplido, con lo cual sólo se le exigirá el requisito de educación.
No, la certificación de Educación sólo es obligatoria para los niños, niñas y adolescentes desde los 5 a los 17 años.
Los menores de 18 años discapacitados, que tengan Autorización Expresa de ANSES vigente para el cobro de la Asignación por Discapacidad, que no puedan concurrir a establecimientos educativos por su condición, deberán presentar junto con la Libreta, un Certificado Médico que indique que el niño o adolescente se encuentra imposibilitado de asistir a Establecimientos Educativos.
No debe efectuar ningún trámite, ya que la Libreta Nacional de Seguridad Social, Salud y Educación sólo es requerida para los menores de 18 años. Los discapacitados mayores de 18 años que cuenten con Autorización Expresa de ANSES vigente, percibirán el 20% en forma automática.
Deberá presentarse en ANSES para requerir la impresión de una nueva Libreta. A partir de la 3° Libreta solicitada de un mismo menor, ANSES descontará al titular el valor equivalente a un veinte por ciento (20%) de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social vigente a la fecha de emisión de la nueva libreta, en concepto de cargo por pérdida de la misma en forma reiterada.