- El empleador que presente una DDJJ del 1er semestre 1994 y años anteriores, con trabajadores alcanzados por la Ley 26.476, la efectuará con la nómina de trabajadores regularizados en el contexto de la mencionada Ley.
- El empleador que presente una DDJJ del 1er semestre 1994 y años anteriores, original o rectificatoria, con trabajadores no alcanzados por la Ley 26.476, la efectuará con la nómina completa del personal.
Estas Declaraciones Juradas (DDJJ) del empleador, que se presentaban anualmente ante ANSES para informar los trabajadores bajo su dependencia, y que no hayan sido presentadas oportunamente, deben ser entregadas en las delegaciones de atención al público de ANSES.
Cómo presentarlas
Para la presentación de las mencionadas DDJJ, debe:
- Instalar el aplicativo en la PC
- Cargar los datos requeridos de los trabajadores bajo su dependencia en el período informado
- Al finalizar la carga, generar un disquete conteniendo la información cargada.
- Etiquetar el disquete con los siguientes datos:
- Razón Social
- Nº de Cuenta
- Año
- Lote y folio
- Cantidad de registros
- La leyenda “Extemporánea” o “Ley 26476”, según corresponda
- Presentar el disquete generado ante cualquier delegación de ANSES junto con una nota original y copia, en hoja con membrete de la razón social, según el modelo que se detalla a continuación:
- Modelo de nota