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Maternidad por Web

Resolución D.E.- N Nº 874/08 – Solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad a través de Internet para empresas incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares – Maternidad por Web”

El día 14 de noviembre de 2008 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución D.E.-N Nº 874 a través de la cual se establece una vía alternativa para la tramitación de la solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad a través de Internet (“Maternidad por Web”).

Esta Resolución será de aplicación únicamente para trabajadoras de empresas incorporadas al Sistema Único de Asignaciones Familiares (SUAF) que no se encuentren comprendidas dentro de lo establecido en el punto 8 del Capítulo I del Anexo de la Resolución D.E. – N Nº 292/08. Es decir que este procedimiento no debe ser utilizado por las empresas para solicitar la Asignación Familiar por Maternidad de las trabajadoras en relación de dependencia que inicien su licencia por maternidad en el mes de incorporación de la empresa a SUAF o cuando la maternidad se encuentre en curso de pago al momento de la inclusión.

La tramitación por Internet de la Solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad debe ser efectuada por el empleador, ingresando en la Autopista de Servicios de la página web para lo cual deberá contar previamente con la Clave de Seguridad Social Corporativa de ANSES. El procedimiento para tramitar esta clave puede ser consultado en la Autopista de Servicios de la página web de ANSES. www.anses.gob.ar ó en el teléfono 0800-22-26737.

La trabajadora que opte porque sea su empleador incorporado al SUAF el que tramite la solicitud de la maternidad a través de Internet, deberá autorizarlo mediante nota con carácter de Declaración Jurada cuyo modelo se adjunta a la presente y que obra como Anexo I de la Resolución D.E.- N Nº 874/08. Cabe aclarar que las firmas obrantes en la nota no deben estar certificadas. Esta autorización obliga al empleador a tramitar la Asignación Familiar por Maternidad a través de la página web de ANSES conservando en el legajo de la trabajadora el original de la documentación de respaldo utilizada para el otorgamiento de la Licencia por Maternidad. La documentación de respaldo a conservar por el empleador en el legajo de la trabajadora será:

• Nota autorizándolo a tramitar la solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad por Internet (detallada en el párrafo anterior)
• Certificado médico en el que conste: Nombre y Apellido y tipo y número de documento de identidad de la trabajadora; fecha real o probable de parto; fecha de emisión; nombre y apellido del médico; tipo y número de matrícula del médico; meses o semanas de gestación; firma del médico
• Nota con carácter de Declaración Jurada en la que conste la opción de Licencia por Maternidad ejercida (45-45 o 30-60) y la fecha de recepción por parte del empleador

El empleador deberá guardar y mantener en perfecto estado de conservación los comprobantes que acrediten cada una de las transacciones autorizadas por el Sistema “Maternidad por Web” ya que podrán ser solicitados en cualquier momento por ANSES en cumplimiento de sus facultades de control y fiscalización.

En caso de errores una vez confirmado el trámite o cuando este fuera rechazado, el empleador deberá presentarse ante una Unidad de Atención Integral (UDAI) de ANSES debiendo adjuntar una copia de la constancia de lo ingresado a través de Internet, junto con el Formulario PS 2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares” debidamente cumplimentado debiendo obrar en el Rubro 9 el empleador como representante designado por la trabajadora para la nueva tramitación de la solicitud de la Asignación Familiar por Maternidad.

La notificación sobre el rechazo de la tramitación efectuada a través del Sistema “Maternidad por Web” se hará a través de la dirección de correo electrónico ingresada por el Operador o a través de la Consulta del Trámite por Internet.

Cuando la trabajadora tenga relación de dependencia con varios empleadores incorporados al SUAF y desee autorizar a cada una de las empresas a tramitar la solicitud de la maternidad por Web, deberá aplicar el presente procedimiento para cada una de ellas.

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