
Consiste en el pago de una suma de dinero que abona ANSES al beneficiario de la Prestación por Desempleo al momento de contraer matrimonio.
Se abona a ambos cónyuges, si se encuentran en el régimen de Asignaciones Familiares. Sólo podrá efectuar la solicitud una vez que hayan pasado los 2 meses de ocurrido el matrimonio. Ej.: Si usted se casó el 16/01/2006, deberá solicitar el pago ante ANSES a partir del 16/03/2006.
Para conocer los topes remunerativos y los montos correspondientes, acceda a la Tabla de Montos vigentes a partir de septiembre de 2010, beneficiarios de la Prestación por Desempleo, - Decreto Nº 1388/2010, desde aquí.