Encabezado de impresión
Flash Accesos Directos

Pasos a seguir

Para iniciar el trámite, Ud. debe solicitar un turno por Internet a través de la Autopista de Servicios, ingresando aquí, o llamar al teléfono gratuito 130 de lunes a viernes de 8 a 20hs. No se admite la gestión por correo o a través de intermediarios.

La tramitación de la prestación es personal y el trabajador cuenta con 90 días hábiles para solicitarla desde la fecha en que se produjo la ruptura de la relación laboral. Después del plazo establecido, por cada día hábil transcurrido se descontará 1 día de prestación.

Si el trabajador cobró el Fondo de Cese Laboral Ley 22.250, el derecho a la prestación se origina una vez transcurridos sesenta (60) días corridos desde la fecha de finalización de la relación laboral que dio origen a la situación legal de desempleo. Si no lo cobró, el derecho lo obtiene inmediatamente a partir de la fecha del cese laboral presentando el telegrama o carta documento intimando al empleador el pago del Fondo del Cese Laboral.

 

. . . . . . . .