
La cobertura está conformada por una prestación básica calculada tomando la mitad de la mejor remuneración mensual de los últimos seis (6) meses trabajados y cuyo importe no puede superar los $400 ni ser inferior a $250.
La duración de la prestación está en relación con el tiempo efectivamente trabajado y cotizado a la Seguridad Social - Fondo Nacional de Empleo - en los últimos dos (2) años anteriores a la finalización de la relación laboral que originó la situación legal de desempleo, según el siguiente detalle:
| Meses cotizados | Cuotas Mensuales | Monto a percibir |
|---|---|---|
| 8 a 11 | 3 | Meses 1 al 3 : (*) |
| 12 a 17 | 4 | Meses 1 al 4 : (*) |
| 18 o más | 8 | Meses 1 al 4: (*) Meses 5 al 8 = 85% monto mes 1 |
(*) La mitad de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual de los últimos seis (6) meses trabajados
Se extiende automáticamente por 6 meses la prestación a todos los beneficiarios que tengan o cumplan cuarenta y cinco (45) años o más de edad durante la vigencia del beneficio, siendo el monto de las cuotas el setenta por ciento (70%) de la prestación original (valor 1era. cuota de la prestación).
Quienes accedan a la prórroga tendrán la obligación de participar en los programas destinados al fomento del empleo y la capacitación que le proponga el Ministerio de trabajo, Empleo y Seguridad Social.