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Flash Accesos Directos

Modalidad de Pago Único

Esta cobertura está orientada a todo aquel beneficiario de la prestación por desempleo de la Ley Nº 24.013 (Trabajadores Ley de Contrato de Trabajo 20744) y Ley Nº 25.371 (Trabajadores de la Construcción)  interesado en crear su propio emprendimiento personal o integrar una sociedad de hecho u otra empresa asociativa para el desarrollo de un proyecto económico.
Las posibilidades entre las que puede optar el beneficiario para hacer uso de los fondos de la  prestación, son las siguientes:

  • - Realizar un emprendimiento unipersonal.
  • - Crear una nueva sociedad de hecho:
  • - Hasta con un máximo de 5 personas (socios), si las mismas perciben la prestación por desempleo.
  • - Sin límite en cuanto a la cantidad de personas (socios) si las mismas no perciben la prestación.
  • - Incorporarse a una sociedad existente, sin importar el número de socios que  tenga la sociedad ya constituida.

El acceso al Pago Único de la Prestación por Desempleo está sujeto a la aprobación, por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del proyecto de emprendimiento presentado por el interesado.
Con anterioridad a efectuar la suspensión del cobro de la Prestación por Desempleo en ANSES, se recomienda concurrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para asesorarse.

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