
Esta cobertura está orientada a todo aquel beneficiario de la prestación por desempleo de la Ley Nº 24.013 (Trabajadores Ley de Contrato de Trabajo 20744) y Ley Nº 25.371 (Trabajadores de la Construcción) interesado en crear su propio emprendimiento personal o integrar una sociedad de hecho u otra empresa asociativa para el desarrollo de un proyecto económico.
Las posibilidades entre las que puede optar el beneficiario para hacer uso de los fondos de la prestación, son las siguientes:
El acceso al Pago Único de la Prestación por Desempleo está sujeto a la aprobación, por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, del proyecto de emprendimiento presentado por el interesado.
Con anterioridad a efectuar la suspensión del cobro de la Prestación por Desempleo en ANSES, se recomienda concurrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para asesorarse.