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Documentación a presentar

Original y duplicado de la siguiente documentación:

  • DNI, LE o LC. En caso de extravío o renovación, presentar la constancia de inicio de trámite en el Registro Nacional de las Personas y la Partida de Nacimiento. Si el titular es extranjero, el DNI es obligatorio y no le puede reemplazar otro documento.

Original y duplicado de la documentación que acredita el desempleo:

  • En caso de despido sin justa causa: Telegrama de despido o Carta Documento o Nota de despido con firma del empleador certificada por banco, escribano público, funcionario de ANSES o autoridad judicial.
  • En caso de despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: Nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral o sentencia de quiebra autenticada por el juzgado.
  • En caso de resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa (Art. 242 LCT): Telegrama/s de desvinculación laboral por denuncia del trabajador fundada en justa causa y el formulario PS. 3.2 “Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo”. Cuando exista duda sobre la justa causa del despido, ANSES a través de la UDAI requerirá la intervención sumaria del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para acreditar la situación legal de desempleo.
  • En caso de resolución del contrato de trabajo por denuncia del empleador fundada en la justa causa del despido (Art. 242 LCT): Telegrama de despido, telegramas del empleado rechazando la justa causa de despido y el formulario PS. 3.2 “Requerimiento de Actuación Administrativa Prestación por Desempleo” por el que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social lo encuadra, si corresponde, en una situación legal de desempleo (se gestiona en la UDAI).
  • En caso de no renovación de un contrato a plazo fijo: Contrato de trabajo vencido.
  • Si el solicitante era beneficiario de una prestación de ART al momento de producirse el cese laboral: Certificado de alta médica o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva  inferior al 66%.

Para el cobro de las Asignaciones Familiares ordinarias y extraordinarias que correspondan debe presentar la documentación que establece el Régimen Nacional de Asignaciones Familiares vigente:

  • Si ya inició el trámite: Constancia de estado de trámite otorgada por ANSES.

Eventualmente, de existir diferencias entre la información obrante en los sistemas informáticos y la documentación presentada, podrá solicitársele documentación adicional, por ejemplo: algún recibo de sueldo del último empleador.

IMPORTANTE:

Para solicitar la prestación es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de datos de ANSES. Si Usted ya cuenta con sus datos actualizados y acreditados no será necesario que presente nuevamente la documentación. Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por Usted declarado se considerarán válidas.

Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales, como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares, es obligación declarar dicha situación ante las oficinas de ANSES presentando la documentación necesaria.

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