Desde ANSES estamos avanzando sostenidamente, implementando procesos transparentes que sirvan para proteger a cada beneficiaria y beneficiario argentino. Ya sea en nuestros programas a través de condiciones de acceso equitativas establecidas universalmente en base a derechos (Asignación Universal por Hijo, Programa Conectar Igualdad, Asignación por Embarazo para Protección social, Programa de Inclusión Jubilatoria, Asignaciones Familiares, entre otras), sea para la gestión del Fondo de Garantía de Sustentabilidad, hoy el mayor inversor institucional del país, constituido como un fondo anticíclico como resguardo de los haberes de cada jubilada y jubilado del país.
Por ello, consideramos como tema central la transparencia de los préstamos que las mutuales, cooperativas y otras entidades financieras brindan a nuestros jubilados y pensionados.
Durante mucho tiempo las mutuales cobraban tasas increíblemente altas. Hubo casos extremos en donde el Costo Financiero Total fue del 159%, y aunque muchas mutuales informaron costos menores, luego aplicaron conceptos fijos de atención médica, odontológica o urgencias por ejemplo, que hicieron aumentar el costo promedio a más del 80% provocando una situación extrema de abuso y usura.
Recordemos que 1 de cada 3 jubilados ha tomado un crédito en estas condiciones para atender sus necesidades o mejorar su calidad de vida, así como cerca de $11.000 millones es el stock de créditos otorgados preferentemente por mutuales, cooperativas y sindicatos. Es un tema muy importante que no admitía dilación.
Para las mutuales, brindar este tipo de préstamos genera una gran ventaja, ya que el cobro se aplica directamente como un descuento del haber del jubilado, por lo que no hay morosidad, ni incobrabilidad.
En vista de este abuso, desde ANSES aplicamos varias medidas: dimos de baja a muchas entidades que realizaban descuentos sin el consentimiento de los beneficiarios y, en el año 2009, dictamos una resolución que establecía límites máximos al Costo Financiero Total de los créditos. Esa resolución fue apelada por la Confederación Argentina de Mutualidades y la Justicia hizo lugar a su recurso de amparo, por lo que varias empresas (el 11% de las grandes entidades nuclean el 85% de las operaciones de crédito) siguieron aprovechándose de uno de los sectores que más protección necesitan de la seguridad social: nuestros abuelos.
Es por eso que cobra una gran importancia el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 246, establecido por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner a fines del año pasado. Esta medida puso fin a la situación de abuso de varias entidades crediticias que, a partir de ahora, no tendrán posibilidad de aprovecharse de los jubilados cuando solicitan un préstamo.
El Gobierno estableció reglas directas y claras: un límite máximo al Costo Financiero Total, que no podrá superar en cinco puntos la tasa de interés del Banco de la Nación Argentina y que debe incluir la cuota social. Además, el monto de la cuota no puede superar el 30% del haber jubilatorio. El sistema está volviendo a reactivarse y ya hay más de 7.440 nuevos préstamos otorgados.
Nuestra tarea es estar cerca de los ciudadanos cuidándolos de inescrupulosos. Hemos atendido más de 1.800 denuncias formales de fraude y logramos evitar que los beneficiarios pierdan por maniobras delictivas un monto aproximado a los $2.000.000. Estamos desarrollando una política muy activa para concientizar a los mayores a que denuncien cualquier anomalía en terceras entidades a la hora de cobrar un beneficio o préstamo.
Realizando inspecciones preventivas en las entidades que solicitaron descuentos a beneficiarios, verificamos la carencia de la documentación respaldatoria de los créditos otorgados, documentación incompleta, registros de domicilio inexistente, entre otras cosas. Así, decidimos profundizar aún más los controles.
Por eso ayer dictamos la Resolución D.E. N° 34/12 que obliga a las entidades crediticias a presentar ante ANSES, dentro de los 10 días hábiles y por cada operación crediticia que incorporen al sistema, la correspondiente documentación que la respalde. Y a los efectos de evitar abusos se establece como regla general que las operaciones crediticias se liquiden a través de la “cuenta sueldo de la seguridad social” del beneficiario, es decir, se procura que se entregue el monto del crédito mediante depósito o transferencia electrónica en cuenta bancaria. Si tal acreditación bancaria no fuere posible, por no tener aún el adulto mayor abierta dicha cuenta a su favor, las entidades deberán presentar ante esta ANSES, dentro de los 20 días de realizada la operación, la documentación respaldatoria.
Ampliamos las facultades de verificación e inspección, además de endurecer las sanciones previstas, elevando el monto de las multas que puede llegar hasta 100 haberes mínimos por infracción cometida, lo que equivale a marzo de 2012 a la suma de $168.701, pudiendo derivar también en la inhabilitación a las entidades para operar el sistema.
Seguiremos profundizando y mejorando las condiciones de vida de las personas mayores. No es época en donde la ciudadanía deba quedar rehén de corporaciones que atentan contra el bienestar de muchos. Es época de que a todos les vaya un poco mejor. A todos y con igualdad de oportunidades.