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Ministerio de trabajo, empleo y seguridad social
Sistema único de registro laboral
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Los datos están actualizados al 06/10/2011
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Consiste en una prestación monetaria, no retributiva, que se abona mensualmente a la mujer embarazada desde la semana 12 de gestación hasta el nacimiento o interrupción del embarazo, siempre que no exceda las seis (6) mensualidades. En caso de gestación múltiple, sólo se abona una sola asignación, dado que lo que se está cubriendo con esta prestación es el “cuidado de su embarazo”.
El monto de la Asignación por Embarazo para Protección Social es de $270*, igual al monto estipulado para la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
Mensualmente, se liquidará el 80% de su valor, dado que el equivalente al 20% se hará efectivo una vez que se haya constatado el nacimiento o la interrupción del embarazo, previa verificación de todos los controles médico-sanitarios e inscripción del niño en el Plan Nacer.
Si presenta el trámite del 1° al 9° día del mes, cobra al mes siguiente, si no pasa la liquidación al mes po sterior y acumula las dos cuotas.
Por ejemplo: si se presenta el 2/5/11 y acredita las 12 semanas de gestación con el formulario, cobra $176.- a partir del 6/6/11 según cronograma de pagos de acuerdo a la terminación del documento. Si se presenta el 12/5/11 con el formulario, cobra $ 352.- (por mayo y por junio) el 6/7/11 según el cronograma vigente.
* A partir del mes de septiembre, se liquidó con los nuevos montos establecidos para la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Asimismo, se le entregará una cartilla de seguimiento en la que se explicitan los deberes y obligaciones para el cuidado del bebé.
Al cumplir la semana 12 de gestación, la mujer debe solicitar un turno ante ANSES, a través del número gratuito 130, opción 2 y luego la opción 5, o ingresando en la Autopista de Servicio, desde aquí.
Una vez asignado el turno, deberá presentarse en la delegación de ANSES, el día y en el horario asignado, con el Formulario “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social” debidamente cumplimentado por el profesional que acredite el estado de embarazo.
Luego del nacimiento o de la interrupción del embarazo, la mujer deberá solicitar un turno y presentar un nuevo formulario, “Solicitud Asignación por Embarazo para Protección Social”, con los rubros 1 y 3 debidamente cumplimentados, adjuntando además la constancia de Inscripción en el Plan Nacer del recién nacido y la Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción del Embarazo. Esto le permitirá percibir el 20% acumulado mensualmente.
IMPORTANTE
Si el estado de embarazo se acreditara con posterioridad al nacimiento o interrupción del embarazo no corresponderá el pago de la asignación por el período correspondiente a la gestación.
Los requisitos que se le exigen a la mujer embarazada son:
Controles a realizar durante el embarazo que exige el Plan Nacer:
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El futuro de una sociedad se mide por la capacidad de cuidar y de proteger a sus niñas y niños. La mortalidad materna de la región está sumamente vinculada a dimensiones culturales, de pobreza, falta de instrucción y a las dificultades de acceso a los servicios de atención médica especializadas que requiere una mujer embarazada, especialmente en determinados sectores geográficos. Este hecho evidencia un fuerte indicador de la desigualdad social y una clara inequidad de género sobre el que se viene trabajando con estricta prioridad desde el 2003, especialmente desde varias políticas sanitarias entre las que se destaca –por su importancia, magnitud y eficacia- el Plan Nacer.
Esta situación afecta tanto a las madres como a los niños recién nacidos. Muchas defunciones neonatales son evitables por diagnóstico y tratamiento oportuno. Después de los 28 días y hasta el año de vida, las defunciones pueden reducirse con prevención y tratamiento.
22 de February de 2012
“La Asignación Universal por Hijo es la medida más inclusiva de los últimos 50 años”.
Diego Bossio
Director Ejecutivo